La Junta suspende todas las autorizaciones para el uso del fuego que se hayan otorgado debido al aumento significativo de las temperaturas que se espera para mañana martes 8 de agosto y el miércoles 9, que podrían alcanzar los 42 grados en el centro de la Comunidad, con vientos de alta intensidad. La Agencia Estatal de Meteorología ha calificado el riesgo de incendios forestales como ‘extremo’.
7 de agosto de 2023
Castilla y León | Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Ordenación del Territorio
La previsión meteorológica advierte de la entrada de una nueva masa de aire cálido en altura, que afectará de manera más intensa los días 8 y 9 de agosto, lo que provocará un aumento notable de las temperaturas, tanto máximas como mínimas, lo que generará un claro aumento del riesgo de incendios forestales.
Las previsiones para el martes 8 de agosto son de temperaturas de 36-39 ºC en casi todo el territorio, llegando a ser de 39-42 ºC en algunas zonas del centro. Para el miércoles se espera que el mercurio alcance entre 33 y 36 ºC en la mayor parte de Castilla y León, aunque en el centro puede llegar a los 39ºC.
También se prevén vientos de alta intensidad y baja humedad relativa. Para el martes se esperan vientos de 25-30 km/h con ráfagas de 40 km/h en el sur y este de la Comunidad, y el miércoles 30-35 km/h, con ráfagas de 40-45 km/h en el este y humedades relativas mínimas muy bajas, del 5-10% en el sur y 10-15% en el resto de la Comunidad.
El nivel de riesgo de incendios de la Agencia Estatal de Meteorología es ‘extremo’ para la mayor parte de Castilla y León durante los dos días.
Por todo ello, la Junta de Castilla y León declara situación de alerta y establece las siguientes medidas extraordinarias:
– Prohibición de encender fuego en el monte en todo tipo de espacios abiertos, así como en zonas recreativas y de acampada, incluso en las zonas habilitadas para ello.
– Prohibición del uso de barbacoas en espacios abiertos, incluyendo aquellas autorizadas.
– Suspensión de todas las autorizaciones para el uso del fuego que se hayan otorgado.
– Prohibición de la introducción y uso de material pirotécnico y suspensión de las autorizaciones para el lanzamiento de cohetes o artefactos de cualquier tipo que contengan fuego.
– Prohibición del uso de maquinaria en el monte y la franja de 400 metros que lo rodea, cuyo funcionamiento habitual genere fuego, deflagración, chispas o descargas eléctricas, como sopletes, soldadores, radiales, etc.
– El tiempo de descanso de los equipos de tratamiento selvícola preventivo se incrementará al nivel D (8 horas) y el de las unidades de brigada y autobomba (UBA) se incrementará al nivel E (10 horas).
Se exceptúa de estas prohibiciones el uso de esa maquinaria en operaciones de emergencia e interés general, destinadas a la reparación urgente de infraestructuras públicas, servicios de energía eléctrica, gas natural, telecomunicaciones, etc., siempre y cuando estas hayan sido comunicadas previamente a los Servicios Territoriales de Medio Ambiente y se realicen de acuerdo con las medidas establecidas por estos.
Las empresas extremarán la precaución, disponiendo de los medios necesarios para hacer frente a la extinción de cualquier conato de incendio que pudiera surgir como resultado de su actividad.
Estas medidas extraordinarias estarán en vigor desde las 0.00 horas del 8 de agosto hasta las 23.59 horas del día 9.