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Los gravámenes a las entidades de crédito y a las empresas energéticas alcanzaron los 2.859 millones de euros en 2024. Esta cifra está en línea con las previsiones del Gobierno y es muy similar al importe del año anterior.

Si se desglosa cada una de las figuras, el gravamen de las entidades de crédito supuso una recaudación de 1.695 millones de euros, mientras que el gravamen a las empresas energéticas se situó en 1.164 millones de euros.

Estos gravámenes, que tienen un primer pago anticipado en febrero y un segundo pago de liquidación en septiembre, siguen las recomendaciones de los organismos internacionales que solicitan una mayor contribución de aquellos sectores con grandes beneficios. En ambos casos, el pago conocido del ejercicio 2024 se realizó teniendo en cuenta los resultados obtenidos en 2023.

Estas figuras, aprobadas a finales de 2022, enmarcan una política fiscal del Gobierno justa y progresista que pide un mayor esfuerzo a quienes más tienen, como son las grandes multinacionales a través de un tipo mínimo del 15% o de los grandes patrimonios mediante el Impuesto de Solidaridad de las Grandes Fortunas.

En este sentido, tanto las entidades de crédito como las energéticas acumulaban cifras récord de beneficios, por lo que es coherente una mayor contribución fiscal que reduzca en mejores servicios públicos para la mayoría social del país.

Al mismo tiempo, la política fiscal del Gobierno permitió aliviar la carga impositiva de las rentas medias y bajas a través de la mayor rebaja de la historia en impuestos vinculados a la energía o del IVA, que supuso un ahorro para las familias de 25.000 millones de euros.

A esta cantidad hay que añadir la rebaja del IRPF a las rentas hasta 21.000 euros, que significó 5.000 millones de ahorro en las retenciones del impuesto. También se llevó a cabo la reducción del Impuesto de Sociedades del 25% al 23% para las pymes con una facturación hasta un millón de euros.

Funcionamiento de los gravámenes

Los gravámenes de la banca y de las energéticas se configuran como una prestación patrimonial de naturaleza no tributaria, siguiendo las pautas del Tribunal Constitucional como un instrumento para hacer efectivo el principio del «reparto del esfuerzo».

En el caso de las energéticas, afecta a los ‘operadores principales’, según la normativa reguladora de los mercados y la competencia, así como a las personas o entidades que desarrollan en España actividades de producción de crudo de petróleo o gas natural, minería de carbón o refinado de petróleo y generan, en el año anterior a la obligación de pago, al menos el 75% de su volumen de negocios a partir de actividades económicas en el ámbito de la extracción, la minería, el refinado de petróleo o la fabricación de productos de coquería.

No obstante, están exentos del pago aquellos ‘operadores principales’ cuyo importe neto de la cifra de negocios correspondiente al año 2019 fue inferior a 1.000 millones de euros y aquellos cuyo importe neto de la cifra de negocios correspondiente a los años 2017, 2018 y 2019 derivado de la actividad que determinó su consideración como operador principal no excedió del 50% del total de dicho importe cada año respectivo. La base imponible es el importe neto de la cifra de negocios anual, sobre la que se aplica un porcentaje del 1,2%.

En cuanto al gravamen a las entidades financieras, se vieron afectadas aquellas cuyos ingresos por comisiones e intereses a clientes superaron los 800 millones de euros. En este caso, la base imponible es la suma del margen de intereses y de los ingresos y gastos por comisiones, y el porcentaje aplicable es del 4,8%.

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Los gravámenes de la banca y las energéticas superan los 2.800 millones en 2024