Desde 1990 hasta 2020, la deforestación ha destruido una superficie mayor que la de la UE, y cerca del 10% de ésta es atribuible al consumo en la Unión Europea (UE). A fin de combatir el cambio climático y la pérdida de biodiversidad, la UE ha aprobado una nueva ley que obliga a las empresas a garantizar que sus productos no han provocado deforestación ni degradación forestal.
La ley se aplica a los productos del ganado, el cacao, el café, el aceite de palma, la soja, la madera, el caucho, el carbón vegetal y el papel impreso. Las empresas solo podrán vender productos en la UE si el proveedor ha emitido una declaración de «diligencia debida» que certifique que el producto no procede de tierras deforestadas ni ha provocado degradación forestal, ni de bosques primarios irremplazables, después del 31 de diciembre de 2020. Además, las empresas tendrán que demostrar que estos productos cumplen la legislación correspondiente del país productor, incluida la relativa a los derechos humanos, y que se han respetado los derechos de los pueblos indígenas afectados.
Los productos que cubre la nueva legislación son: el ganado, el cacao, el café, el aceite de palma, la soja, la madera, el caucho, el carbón vegetal y el papel impreso, así como los productos que contengan, se hayan alimentado de o se hayan fabricado con estas materias primas (como el cuero, el chocolate y los muebles). Durante las negociaciones, la Eurocámara consiguió añadir el caucho, el carbón vegetal, los productos de papel impreso y una serie de derivados del aceite de palma.
La Comisión clasificará los países, o partes de ellos, como de bajo, medio o alto riesgo mediante una evaluación objetiva y transparente en un plazo de dieciocho meses a partir de la entrada en vigor del reglamento. Los productos procedentes de países de bajo riesgo estarán sujetos a un procedimiento simplificado de diligencia debida. La proporción de controles que se realizarán a los operadores dependerá del nivel de riesgo del país: 9% para los países de alto riesgo, 3% para los de riesgo medio y 1% para los de bajo riesgo.
Las sanciones por incumplimiento deberán ser proporcionadas y disuasorias, y la multa máxima deberá ser de al menos el 4% del volumen de negocios anual total en la UE del operador o comerciante infractor. La nueva ley fue aprobada por 552 votos a favor, 44 votos en contra y 43 abstenciones.
La Organización de las Naciones Unidas para la Alimentación y la Agricultura (FAO) calcula que 420 millones de hectáreas de bosques pasaron a utilizarse para fines agrícolas entre 1990 y 2020, una superficie mayor que la de la UE. El consumo de la UE representa alrededor del 10% de esta deforestación mundial, siendo el aceite de palma y la soja los productos más importantes.
El Parlamento Europeo solicitó en octubre de 2020 a la Comisión que presentara legislación para frenar la deforestación mundial impulsada por la UE. El acuerdo con los países de la UE sobre la nueva ley se alcanzó el 6 de diciembre de 2022. La nueva ley es clave en la lucha contra el cambio climático y la pérdida de biodiversidad y debería proteger y restaurar la biodiversidad como recogen las conclusiones de la Conferencia sobre el Futuro de Europa.
La ratificación del Consejo es el siguiente paso que se requerirá para que la nueva ley sea puesta en marcha. A continuación, se publicará en el Diario Oficial de la UE y entrará en vigor veinte días después.
El ponente del texto, Christophe Hansen (PPE, Luxemburgo) ha afirmado que la nueva ley es crucial para proteger la fauna y flora y evitar la deforestación y el comprometer la calidad de vida de las personas y la durabilidad del planeta. Además, gracias a la nueva normativa, los consumidores europeos ya no serán cómplices involuntarios de la deforestación al comprar estos productos.
En resumen, la nueva ley de la UE pretende frenar la deforestación y la degradación forestal para evitar el cambio climático y la pérdida de biodiversidad. Solo podrán vender productos en la UE las empresas que sean capaces de demostrar que sus productos no proceden de bosques deforestados ni han provocado degradación forestal, y que se han respetado los derechos humanos y los derechos de los pueblos indígenas. La Comisión clasificará los países según el riesgo de deforestación, y los productos procedentes de países de bajo riesgo estarán sujetos a un procedimiento simplificado de diligencia debida. Las sanciones por incumplimiento de la ley serán disuasorias y proporcionadas, siendo la multa máxima del 4% del volumen de negocios anual total en la UE del operador o comerciante infractor. La nueva ley será ratificada por el Consejo y entrará en vigor veinte días después.