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Alguno de estos expedientes ha sido iniciado por traslado del Banco de España. Después de la correspondiente investigación, desde el Ministerio se advirtió que se están ofreciendo créditos al consumo en los que se observan prácticas comerciales desleales, en algunos casos abusivas.

Según la investigación instruida, las personas consumidoras que buscan acceder a este tipo de préstamos suelen encontrarse en situación de vulnerabilidad económica, por lo que la falta de transparencia en las condiciones o su imposición unilateral por parte de las entidades prestamistas agrava su situación.

Por primera vez, la normativa básica en materia de consumo establece que las personas consumidoras vulnerables gozan de una «especial atención». Por ello, Consumo podría llegar a sancionar las infracciones consideradas muy graves con multas de hasta 1 millón de euros. Ahora se abre un periodo para la instrucción del expediente definitivo y la consecuente resolución por parte de los órganos competentes del Ministerio de Consumo.

La falta de información y transparencia al conceder este tipo de créditos, así como la imposición injustificada de condiciones sobre prestaciones no solicitadas, pueden constituir una infracción tipificada en el artículo 47.1. de la Ley General de Defensa de los Consumidores y Usuarios.

Asimismo, no es legal la introducción o existencia de cláusulas abusivas en los contratos, el envío o suministro (con pretensión de cobro) de bienes o servicios no solicitados o el uso de técnicas de comunicación que requieran el consentimiento expreso previo o la falta de oposición del consumidor, ya que pueden tener graves consecuencias para este.

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Varias entidades enfrentan sanciones por falta de protección a solicitantes de créditos.