La próxima campaña de la Renta 2025, que comienza el 2 de abril, ofrecerá a los contribuyentes la oportunidad de beneficiarse de dos deducciones fiscales enfocadas en la vivienda. Estas medidas están diseñadas para incentivar tanto el alquiler de inmuebles como la mejora de la eficiencia energética de los hogares.
Deducciones por el alquiler de vivienda
La Ley por el Derecho a la Vivienda establece que los propietarios de inmuebles alquilados en zonas tensionadas podrán deducir hasta un 90% de los ingresos obtenidos por el alquiler si han reducido el precio del mismo en al menos un 5% en comparación con el contrato anterior. Por ejemplo, en Sants, Barcelona, un alquiler de 1.100 euros mensuales permitiría al propietario obtener alrededor de 700 euros anuales adicionales, tras descontar los gastos deducibles y el tipo marginal del 37%% en el IRPF, además de la pérdida de ingresos ocasionada por la rebaja en el alquiler. Paralelamente, el inquilino se beneficiaría de un ahorro de 660 euros al año.
En este contexto, si el arrendador alquila la vivienda a jóvenes de entre 18 y 35 años, podrá deducirse el 70% de las rentas, lo que se traduciría en un ahorro de 680 euros anuales, considerando el mismo escenario anterior. En otras regiones, la deducción por alquiler se establece en un 50%, excepto para viviendas que hayan recibido obras de rehabilitación, que tendrán una reducción del 60%. La misma reducción del 70% se aplica a viviendas cedidas a la administración pública o entidades del tercer sector.
Bonificaciones por rehabilitación energética
Además de las deducciones por alquiler, los contribuyentes podrán acceder a un descuento en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF) por inversiones en obras destinadas a mejorar la eficiencia energética de sus viviendas. Esta deducción se aplica a las obras que consigan ciertos niveles de eficiencia, certificadas adecuadamente.
Las deducciones son las siguientes:
– Un 20% por actuaciones que reduzcan en 7% la demanda de calefacción y refrigeración, aplicable hasta un máximo de 5.000 euros anuales, siempre que la vivienda esté arrendada o se proyecte arrendar antes del 31 de diciembre de 2025.
– Un 40% por mejoras que logren una reducción del 30% en el consumo de energía primaria no renovable, o que alcancen las calificaciones energéticas «A» o «B», con un máximo de 7.500 euros anuales bajo las condiciones previamente mencionadas.
– Un 60% para edificios residenciales que cumplan con los mismos criterios que las anteriores, aplicable hasta el 31 de diciembre de 2025 y con un límite de 5.000 euros anuales.
Desde 2021 hasta 2023, se han registrado deducciones por obras de mejora energética en un total de 122.862 viviendas, generando un ahorro conjunto de 319,70 millones de euros en el IRPF. Esto evidencia un aumento en la conciencia ciudadana sobre la importancia de la rehabilitación energética, con un incremento notable en el número de declaraciones: de 2.535 en 2021, a 55.761 en 2022, y alcanzando 110.940 en 2023, lo que suma un total de 169.236 declaraciones en este período.