El Gobierno de Asturias refuerza el control de las viviendas turísticas con nueva regulación

Modificación de la Ley de Turismo en Asturias

El Gobierno de Asturias ha aprobado una modificación legal que endurece los requisitos para las viviendas de uso turístico (VUT) y refuerza los mecanismos de control sobre este tipo de alojamientos. El objetivo de este cambio era adaptar la actual Ley de Turismo a las exigencias del mercado, además de mejorar la calidad y competitividad de un sector clave para la economía. Se buscaba también garantizar una mejor ordenación de los negocios turísticos, teniendo en cuenta las propuestas de empresarios, agentes sociales y ayuntamientos.

Esta reforma aborda varios aspectos importantes

Esta reforma, que es la cuarta desde la aprobación de la norma, incorporó cambios en la regulación de las VUT con la intención de consolidar la calidad, evitar la masificación y mejorar la convivencia entre visitantes y vecinos. Además, se propuso prevenir que en Asturias se repitieran problemas de acceso a la vivienda como los que se alineaban en otras partes de España. Igualmente, se sentaron las bases para delimitar futuras zonas turísticas protegidas, buscando proteger el medio ambiente y el patrimonio histórico en áreas de alta concurrencia.

Requisitos para las viviendas de uso turístico

El proyecto normativo estableció varias limitaciones. Por ejemplo, se determinó que las viviendas de uso turístico solo podrían alquilarse de manera íntegra y no por habitaciones. Además, estas viviendas debían cumplir requisitos de accesibilidad y sostenibilidad. Ningún inmueble sometido a protección pública podía comercializarse como vivienda de uso turístico.

La actividad económica necesita la autorización expresa de las comunidades de vecinos, quienes podían prohibir el establecimiento de este tipo de negocios si así se indicaba en los estatutos de la comunidad o si se alcanzaba un acuerdo mayoritario. El plazo para cumplir este requisito era de seis meses.

Asimismo, estas viviendas estaban obligadas a exhibir una placa identificativa que indicara su condición de VUT, junto con su número de inscripción en el Registro de Empresas y Actividades Turísticas del Principado. Dichas identificaciones debían mostrarse en todas las páginas web y en cualquier medio físico utilizado para la promoción.

Aumento de la inspección

Las medidas de inspección se incrementaron para garantizar el cumplimiento de la normativa. Se creó un servicio específico para prestar atención al intrusismo, la clandestinidad y la oferta ilegal. Paralelamente, la Consejería de Presidencia, Reto Demográfico, Igualdad y Turismo estaba trabajando en el diseño de una herramienta digital destinada a detectar negocios irregulares.

Sanciones por incumplimiento

El anteproyecto incluyó un nuevo sistema de multas en función de la gravedad de la infracción, incrementándose en todos los tramos. Las sanciones por faltas leves oscilarían entre 150 y 1.500 euros, mientras que las faltas graves se situarían entre 1.501 y 15.000 euros, y las faltas muy graves entre 15.001 y 100.000 euros. Las sanciones podrían también llevar aparejada la clausura de establecimientos.

Zonas turísticas protegidas

La reforma introdujo el concepto de zona turística protegida para áreas que superaran niveles máximos de oferta y demanda, o donde se pusiera en riesgo el medio ambiente. La declaración de estas zonas sería competencia del Consejo de Gobierno y debería ir acompañada de un programa de medidas protectoras.

Para mejorar la cogobernanza, las entidades locales podían establecer ciertas limitaciones en las zonas más concurridas por motivos de interés general.

Condiciones para las empresas

La modificación obligó a las empresas del sector a contratar un seguro profesional de responsabilidad civil. Además, cualquier acción de comercialización, ya sea en soporte físico o digital, debía incluir el número de inscripción en el Registro de Empresas y Actividades Turísticas del Principado.

A partir de ahora, la declaración responsable de conocimiento y cumplimiento de los requisitos exigibles debía tramitarse únicamente de forma electrónica, buscando mejorar su control y seguimiento.

Las compañías turísticas en funcionamiento debían adaptarse a estas modificaciones en un plazo de seis meses desde que la ley entrara en vigor. El incumplimiento podría conllevar la salida del registro y la prohibición de ejercer la actividad por un periodo que varía de seis meses a cuatro años.

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