Las restricciones para los vehículos esenciales se mantienen para garantizar la circulación de aquellos que prestan servicios fundamentales durante el estado de alarma. La orden emitida por el ministro del Interior especifica que vehículos como ambulancias, servicios de conservación de carreteras, distribución de medicamentos, alimentos, recogida de residuos sólidos urbanos, transporte de materiales fundentes, combustibles, ganado vivo, mercancías perecederas y vehículos de Correos no se verán afectados por estas medidas.
Estas restricciones tienen como objetivo principal proteger la salud y seguridad de la población, contener la propagación de la enfermedad y fortalecer el sistema de salud. Para garantizar la efectividad de estas medidas, se establece que el Director General de Tráfico informe a las autoridades de tráfico de las Comunidades Autónomas o entidades locales sobre su ejecución.
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