El Ministerio de Hacienda, a través de la Agencia Estatal de Administración Tributaria (AEAT), ha recibido en 24 horas cerca de 11.000 solicitudes, en concreto 10.985 peticiones, por parte de empresas y autónomos para recibir ayudas directas que mitiguen los daños causados por la DANA registrada recientemente, la cual ha afectado especialmente a municipios de la provincia de Valencia y a algunas localidades de otras comunidades. Esto se enmarca dentro del Real Decreto-ley 6/2024.
Plazo para solicitar las ayudas
El plazo para solicitar estas ayudas directas, gestionadas a través de la web de la Agencia Tributaria, comenzó el 19 de noviembre y finalizará el 31 de diciembre de 2024. Con la idea de que tanto la solicitud como la concesión de estas ayudas sea lo más sencilla y rápida posible, se ha puesto a disposición de autónomos y empresas un formulario electrónico en la página web de la Agencia Tributaria en el cual indicarán la cuenta bancaria en la que deseen recibir el abono de la ayuda. Posteriormente, las ayudas serán abonadas por la Agencia Tributaria mediante transferencia bancaria, a partir del 1 de diciembre. Además, estas ayudas estarán exentas de tributación tanto en el IRPF como en el Impuesto sobre Sociedades.
Contenido del Real Decreto-ley
Estas ayudas se incluyeron en el Real Decreto-ley aprobado en Consejo de Ministros, que alcanzaba un impacto presupuestario total de 10.600 millones de euros. Este Real Decreto-ley contemplaba la concesión de ayudas directas para más de 100.000 autónomos y empresas de los municipios más afectados por la DANA, dirigidas a trabajadores autónomos y empresas que sean contribuyentes del IRPF por actividades económicas o contribuyentes del Impuesto sobre Sociedades. Los beneficiarios son aquellos cuyos locales y establecimientos se hayan visto afectados, aunque no tengan su domicilio fiscal en los municipios impactados por la DANA.
Importe de las ayudas
En el caso de las empresas, el importe de las ayudas dependerá del volumen de operaciones del ejercicio 2023. Así, para las pymes con facturación inferior al millón de euros, la ayuda será de 10.000 euros. Para aquellas empresas con un volumen de operación de entre 1 y 2 millones, la ayuda será de 20.000 euros; de 40.000 euros si estuvo entre 2 y 6 millones; de 80.000 euros para un volumen entre 6 y 10 millones; y las empresas afectadas con más de 10 millones de volumen de operaciones en 2023 recibirán una ayuda de 150.000 euros. En total, más de 33.800 empresas de los municipios dañados por la DANA podrán beneficiarse de estos recursos. En el caso de los autónomos, la ayuda será de 5.000 euros y beneficiará a más de 70.000 trabajadores por cuenta propia.
Otras medidas que benefician a empresas y autónomos
Asimismo, se han implementado otras medidas fiscales frente a los efectos de la DANA que beneficiarán a empresas y autónomos, como las exenciones y reducciones en las cuotas del Impuesto sobre Bienes Inmuebles (IBI) y del Impuesto sobre Actividades Económicas (IAE) correspondientes al ejercicio 2024, en relación con los inmuebles dañados por la DANA. Si los contribuyentes ya habían realizado el pago, podrán solicitar la devolución de las cantidades abonadas.
Además, se contempla una flexibilización de los plazos tributarios, lo que significa que las declaraciones, liquidaciones, requerimientos, alegaciones y demás diligencias que vencían en noviembre o diciembre se ampliarán hasta el 30 de enero de 2025. También se facilitarán los aplazamientos sin coste por intereses de demora durante los primeros seis meses.
Reducción en la tributación por módulos
El 11 de noviembre, el Consejo de Ministros aprobó un segundo Real Decreto-ley que también incluye más medidas para ayudar a empresarios y autónomos. En concreto, el Gobierno aprobó una reducción del 25% en la tributación por módulos de los autónomos afectados por la DANA, lo que permitirá un ahorro medio de casi 400 euros a más de 22.600 contribuyentes. Además, también se reducen un 25% las cuotas devengadas en el régimen simplificado de IVA, lo que permitirá un ahorro de 92 euros de media para otros 4.900 autónomos. Esta segunda norma permite excepcionalmente a los autónomos y empresarios renunciar a la tributación por módulos en 2024 y optar por el sistema de estimación directa, con la posibilidad de volver al régimen de tributación en 2025 y 2026 si así lo desean. Igualmente, se extendió la flexibilización en los plazos y procedimientos tributarios a aquellos de ámbito autonómico y local, alineándose con lo establecido para los de carácter estatal con la Agencia Tributaria.