El Ministerio de Transportes y Movilidad Sostenible, a través de la Capitanía Marítima de Valencia, dependiente de la Dirección General de la Marina Mercante, ha emitido una resolución en la que se mantiene la prohibición de detención y fondeo de buques y embarcaciones en las zonas marítimas de búsqueda de desaparecidos, que abarcan entre el extremo sur del puerto de Valencia y el límite de la provincia con Alicante. Esta prohibición ahora se reduce a 6 millas mar adentro desde la línea de playa, en comparación con las 12 fijadas anteriormente. Además, el límite de la velocidad máxima de navegación en esta área se mantiene en 7 nudos.
Objetivo de la resolución
El objetivo de esta medida es facilitar las labores de búsqueda de desaparecidos a consecuencia de las riadas provocadas por la DANA, llevadas a cabo por los servicios públicos y privados encargados de búsqueda y rescate en el medio marino, como son las embarcaciones del Servicio Marítimo de la Guardia Civil, Salvamento Marítimo, Armada, Unidad Militar de Emergencias y otras autoridades y organismos.
Vigencia de la prohibición
Esta resolución sustituye a la anteriormente establecida y se mantendrá vigente hasta el 25 de noviembre.
Instrucciones para navegantes
Los buques, embarcaciones y otros artefactos flotantes que naveguen por la zona deberán seguir, en todo momento, las instrucciones dictadas por las embarcaciones que forman parte del dispositivo de búsqueda y rescate.
Comunicación de objetos localizados
La Capitanía también recuerda a los navegantes que, si localizan objetos voluminosos en el agua, deben comunicarlo al Centro de Control de Salvamento Marítimo de Valencia (CCS Valencia) a través del canal 10 de VHF o en el teléfono 963 679 403. Bajo la dirección de la Capitanía Marítima, los efectivos de Salvamento Marítimo se encargarán de retirar los obstáculos.