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El Ministerio de Transportes y Movilidad Sostenible ha aprobado una resolución para flexibilizar temporalmente los tiempos de conducción y descanso de los transportistas de mercancías por carretera, con el fin de facilitar su actividad y mitigar los graves efectos de las lluvias torrenciales (la DANA) en diversas comunidades autónomas. Así, el objetivo es contribuir a asegurar el suministro de productos a las zonas afectadas y permitir a los transportistas una normal finalización en sus jornadas laborales.

Exenciones aplicadas

Estas exenciones se aplicaron entre el 29 de octubre y el 10 de noviembre de 2024. La resolución se publicó en el Boletín Oficial del Estado.

Impacto del temporal DANA

El temporal DANA tuvo un impacto significativo en el sector del transporte de mercancías, tanto por los vehículos atrapados en las carreteras como por los graves desperfectos en las infraestructuras. Los cortes y restricciones en carreteras neurálgicas de dichas zonas imposibilitaron el funcionamiento normal de los flujos de mercancías, tanto dentro como desde y hacia estas comunidades.

Además, la DANA afectó también a algunos centros logísticos, lo que hizo necesario que la distribución se realizara desde centros logísticos de otras regiones. Esto, sumado a las restricciones en las carreteras, incrementó sustancialmente el tiempo necesario para llevar a cabo las operaciones.

Ámbitos territoriales de aplicación

Las exenciones se aplicaron a las operaciones que tuvieron lugar en los siguientes ámbitos territoriales:

  • Las que transcurrieron total o parcialmente por Andalucía, la Comunitat Valenciana y Castilla-La Mancha y que estuvieron afectadas por la DANA del día 29 de octubre de 2024.
  • Las que operaron desde cualquier parte del territorio nacional y fueron necesarias para realizar el suministro y abastecimiento a las zonas afectadas de Andalucía, la Comunitat Valenciana y Castilla-La Mancha.

Medidas incluidas en la resolución

Esta resolución recogió las siguientes medidas:

  • Sustituir el límite de conducción diaria máximo de 9 horas por uno de 11 horas.
  • Sustituir el límite de conducción semanal máximo de 56 horas por uno de 60 horas.
  • Sustituir el límite de conducción bisemanal máximo de 90 horas por uno de 102 horas.
  • Reducir los requisitos del descanso diario de 11 horas a 9 horas.
  • Posibilidad de tomar dos descansos semanales reducidos consecutivos de al menos 24 horas, siempre que su compensación se realizara unida al siguiente descanso semanal normal; o la posibilidad de posponer el inicio del período de descanso semanal más allá de seis jornadas de 24 horas.

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Transportes flexibiliza tiempos de conducción para ayudar a transportistas tras la DANA